Se ha publicado en la página web de la SEPA una Nota Informativa de la COMISIÓN de SEGUIMIENTO de la MIGRACIÓN a la SEPA, en la que aparecen los plazos e hitos a tener en cuenta para la implantación de los nuevos tipos de adeudos y transferencias.
El proceso de migración quedan como sigue:
1 de febrero de 2014
- Fecha límite fijada en el Reglamento 260/2012 a partir de la cual los tradicionales instrumentos de pago nacionales (salvo los productos nicho) deberán haber sido sustituidos por instrumentos de pago SEPA.
- Fecha límite en la que se dejarán de aceptar en el SNCE las Órdenes de Traspasos de Efectivo (OTEs).
- Supresión definitiva en las comunicaciones a clientes del CCC, siendo sustituido por el IBAN. No obstante, está a disposición de la clientela laherramienta de verificación de IBAN/BIC en la web www.sepaesp.es.
18 de marzo de 2014
- Fecha límite a partir de la cual el Sistema Nacional de Compensación Electrónica dejará de procesar transferencias con los formatos y reglas nacionales tradicionales.
Mayo 2014
- Entrada en vigor del folleto 72.
10 de junio de 2014
- Salvo para las operaciones generadas con productos nicho, a partir de esta fecha el SNCE no procesará operaciones de adeudos domiciliados conforme a las reglas y formatos nacionales tradicionales.
1 de febrero de 2016
- Fecha límite de validez de las exenciones autorizadas.
Podéis descargarla en este enlace:
[box type=”info”]Actualización de los Hitos específicos del Plan de Acción para la migración a los adeudos directos y las transferencias SEPA en España[/box]